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domingo, 11 de septiembre de 2016

Obligación de Declaración Jurada Informativa para Trustees / Fiscalidad de Trust

Como sabemos, el 24 de julio último fue publicada la Resolución de Superintendencia No.177-2016/SUNAT, mediante la cual se instauró la obligación de los trustees domiciliados en Perú de presentar una declaración jurada (DJ) mensual de tipo informativo ante la autoridad tributaria, la cual deberá contener diversos detalles de los trusts que gestionan.

El fisco incorpora esta nueva obligación en el marco de sus compromisos internacionales como miembro del “Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales” de la OCDE, así como los convenios para evitar la doble imposición suscritos por nuestro país.

Atendiendo a la trascendencia que este tema representa para la fiscalidad internacional y el sector private clients, hemos preparado un breve Q&A sobre esta temática.

lunes, 2 de marzo de 2015

Intercambiando cromos: El FATCA, el GATCA y los acuerdos de intercambio de información tributaria


No es ya novedad en estos tiempos hablar de acuerdos de intercambio de información fiscal ni de transparencia tributaria. Todo lo contrario, es una preocupación y una necesidad, pues, qué duda cabe, nuestra realidad fiscal internacional no es la de hace unas décadas. Y este fenómeno no es exclusivo de Latinoamérica, donde mayoritariamente escasearon los acuerdos de colaboración o cooperación administrativa entre autoridades tributarias -virtualmente inexistentes en el Perú-, sino que se ha generalizado y ha trascendido al orbe entero, tanto a jurisdicciones que siempre mantuvieron un alto nivel de administración fiscal, como a las que siempre fueron objeto de cuestionamiento por ser catalogadas como tax havens en la otrora "black list" de la OECD (Organisation for Economic Co-operation and Development).


lunes, 14 de julio de 2014

Perú: La elusión fiscal y la suspensión de la facultad de SUNAT para aplicar la Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario



Introducción

El último sábado fue publicada la Ley No. 30230, la misma que se encuentra vigente, en la gran mayoría de disposiciones, desde el 13.7.2014. Esta norma tiene origen en el discutido Proyecto de Ley 03627/2013-PE (presentado al Congreso el 18.6.2014), el cual plantea una serie de medidas, muchas de ellas tributarias, para la promoción y dinamización de la inversión en el país.

Entre otras modificaciones al ordenamiento tributario, esta ley ha suspendido la facultad de la administración tributaria (SUNAT) para, en el marco de un eventual procedimiento de fiscalización tributaria, aplicar la Norma XVI del Título Preliminar (TP) del Código Tributario (CT). Dicho de otro modo, se suspende la facultad del fisco para considerar como elusivos los actos y contratos celebrados por los contribuyentes.